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El País Digital: Sindicalista despedido puede no volver y lograr acuerdo particular.

A pesar de que el gremio no apruebe esa indemnización.

Un fallo judicial reivindicó que un dirigente gremial despedido, a pesar de haber recibido el apoyo del sindicato para realizar acciones judiciales para ser retomado en su cargo, puede optar por no volver a trabajar si llega a un acuerdo extrajudicial con el empleador.

El Tribunal de Apelaciones de Trabajo de 2° Turno revocó una decisión de la jueza de Rocha, Mirtha Queijeiro, que se negó a homologar un acuerdo firmado entre un dirigente sindical despedido y el frigorífico Copayan, debido a que la indemnización privada no contó con el respaldo de la Federación de Obreros de la Industria de la Carne y Afines (Foica).

El sindicalista había sido despedido luego de romper una máquina de la empresa en el marco de una discusión con otro trabajador.

El sindicalista, con el apoyo de la Foica, presentó un reclamo ante la jueza Queijeiro para que se declarara nulo el cese, en función de lo que establece la ley de fueros sindicales, aprobada durante el gobierno de Tabaré Vázquez.

La magistrada hizo lugar al pedido y ordenó a la empresa el reintegro "inmediato" del trabajador a su puesto, así como el pago de los salarios correspondientes desde el momento del despido y hasta su reintegro.

El frigorífico apeló la decisión de la jueza y, cuando el recurso ya estaba en trámite, las partes llegaron a un acuerdo en base al cual, mediante el pago de una indemnización, el sindicalista no volvería a trabajar en la planta de Copayan.

Pero el acuerdo se encontró con un escollo: la jueza Queijeiro, que había ordenado reintegrar al sindicalista, entendió que no podía homologarlo por cuanto se había logrado sin el respaldo de la Foica.

Tras la postura de la magistrada, el asunto pasó a estudio del Tribunal de Apelaciones de Trabajo de 2° Turno, que llegó a la conclusión contraria y terminó por homologar el acuerdo.

Según la sentencia, el acuerdo es válido porque fue firmado entre el trabajador, la empresa y el sindicato del frigorífico, que opera en Rocha desde mediados de 2006.

Ante eso, "el solo hecho de no firmarlo (el acuerdo) el representante de Foica no enerva su eficacia", expresa la resolución de la sala firmada por los ministros Luis Tosi, Nanci Corrales y Jorge Echeveste, y a la cual accedió El País.

Para los magistrados, "debe primar la voluntad autónoma libre de vicio alguno" del sindicalista despedido "por encima de la mera formalidad de que uno de los sindicatos que suscribieron la demanda no haya suscrito el acuerdo transaccional realizado y del cual se pidió su homologación".

El fallo indica que con el acuerdo, el sindicalista "transó las diferencias con la empleadora y desiste de su voluntad de reintegro a la empresa". La sentencia agrega que la voluntad del trabajador "no puede quedar sujeta" a la de uno de los sindicatos que junto a él firmó la demanda para ser retomado en su puesto laboral.

El abogado del frigorífico Copayan, Guzmán Acosta y Lara, dijo a El País que "es muy común" que las empresas y los trabajadores cesados firmen acuerdos extrajudiciales ante casos como este.
Acosta y Lara destacó el fallo que convalidó el acuerdo y mostró su asombro ante la posición de la jueza de primera instancia que lo desconoció. "Siempre existió la posibilidad de negociar y lograr transacciones entre las partes", dijo.
CASO PUL. En septiembre, en el frigorífico PUL de Cerro Largo, se registró una situación similar. La Justicia declaró nulo el despido de un obrero que agredió a un capataz, pero el trabajador llegó a un acuerdo con la empresa para cobrar unos $ 700 mil y no regresó.

En ese caso, la Foica y el sindicato de base de PUL denunciaron que se trataba de un caso de persecución gremial, y por ese motivo ocuparon la planta de la empresa en Melo durante una semana.
Fecha
20/Dic/2011