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AVISO DEVOLUCIÓN IRPF ? MONOINGRESO 2010

La Dirección General Impositiva, comenzando con la campaña de liquidación del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas del año 2010, efectuará la devolución automática de las retenciones efectuadas en exceso a cuenta de dicho ejercicio, a aquellos contribuyentes que tuvieron un único ingreso por trabajo dependiente en ese año.

Según se establece en la redacción actual del numeral 38 bis de la Resolución Nº 662/2007, la Administración Tributaria, en base a la información suministrada por los responsables sustitutos, ha generado un archivo identificando a los trabajadores dependientes de cada empresa u organismo a quienes se les efectuó retenciones y presentan al cierre del año 2010 un crédito por el impuesto.

Las empresas u organismos deberán comunicar en forma fehaciente a los contribuyentes incluidos en ese detalle el monto del crédito que les corresponde cobrar. Para ello deberán acceder al sitio WEB de la DGI (www.dgi.gub.uy) / Servicios en Línea. Luego deberá iniciar sesión ingresando la clave que les permitirá acceder al menú de servicios en línea, opción consulta y con el título ?IRPF Devol. Monoingreso?, pudiendo descargar el archivo correspondiente en formato PDF O EXCEL. Los que no posean dicha clave podrán solicitarla en los locales de ABITAB o en las oficinas de DGI del interior del país, exhibiendo la constancia de inscripción en el RUC y C.I. de quien realiza el trámite.

Se solicita a las empresas y organismos que comuniquen a los contribuyentes identificados en el archivo consultado, que podrán hacer efectivo el cobro de su crédito a partir del 26 de mayo de 2011, en los locales de ABITAB mediante la presentación de su documento de identidad.
Fecha
09/Jun/2011