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POSICION DE LA CONFEDERACION EMPRESARIAL DEL URUGUAY SOBRE LOS CONSEJOS DE SALARIOS

HACIA LOS CONSEJOS DE SALARIOS REGIONALES

Posición de la Confederación Empresarial del Uruguay
-I-
PLANTEO

El eje fundamental del siguiente informe consiste en que existen distintas variables económicas que no han sido tenidas en cuenta a los efectos de instrumentar la negociación de los Consejos de Salarios.
Teniendo en cuenta la experiencia de aplicación de la primera ronda de Consejos de Salarios, consideramos que las ?pautas? establecidas por el Poder Ejecutivo, no son de recibo en el interior de nuestro país, o mejor dicho, no son de aplicación exclusiva, sino que deberían ir acompañados de otras variables propias del Interior y de cada región del País.
Para lo cual comenzaremos con una descripción de lo acontecido en la primera ronda de Consejos de Salarios, para luego plantear las diferentes alternativas a efectos de que se refleje en los resultados de las negociaciones esas diferencias a las que hacíamos regencia.

-II-
DESCRIPCIÓN

1.- Introducción.

Por Decreto Nº 105/005 de fecha 7 de marzo de 2005 se convocó los Consejos de Salarios previstos por la Ley No. 10.449, de 12 de noviembre de 1943. A tales efectos el Poder Ejecutivo convocó a las organizaciones más representativas de los empleadores y trabajadores a integrar un Consejo Superior Tripartito con los siguientes cometidos:

?a) Analizar y resolver la reclasificación de los grupos de actividades de los Consejos de Salarios y los conflictos que se susciten al respecto.

b) Analizar y proyectar las modificaciones a introducir a la ley 10.449 de fecha 12 de noviembre de 1943?.

Posteriormente por Decreto Nº 138/05 del 7 de abril de 2005 se estableció por parte del Poder Ejecutivo, haciendo lugar a la negociación entre los distintos actores que componían el Consejo Superior Tripartito, que la constitución y funcionamiento de los Consejos de Salarios se efectuará en 20 grupos de actividad.

2.- Funcionamiento del Consejo Superior Tripartito.

En la interna del Consejo Superior Tripartito, específicamente en las negociaciones de los diferentes actores se planteo el dilema de establecer lo que el Prof. Dr. Gustavo Gauthier ( [1][1]) dio en llamar ¿Negociación centralizada o descentralizada?
Los delegados sindicales se afiliaron a instrumentar una negociación en forma centralizada en pocos grupos ?sobre la base de unificar distintas actividades en función del concepto de la integración de cadenas productivas? ( [2][2]).
Por su parte los delegados patronales propugnaron la posición contraria, o sea una negociación los mas descentralizada posible, a efectos de respetar las diferentes realidades imperantes en cada uno de los subgrupos ( [3][3]).
El Poder Ejecutivo en consonancia con la postura de los trabajadores, optó por constituir solamente 20 grupos.

3.- Las ?pautas? de negociación elaboradas por el Poder Ejecutivo.

A fin de instrumentar el funcionamiento de la negociación en los Consejos de Salarios respectivos, el Ministerio de Economía y Finanzas elaboró una serie de ?pautas? genéricas.
El 12 de mayo de 2005 el Poder Ejecutivo dio a conocer un conjunto de pautas a fin de guiar los trabajos de los Consejos de Salarios. Posteriormente, con fecha 26 de mayo del mismo año se conocieron criterios complementarios.
En las ?pautas? de fecha 26 de mayo en la Cláusula Segunda, titulada ?Ámbito de aplicación?, se establecía: ?Las normas del presente Convenio tiene carácter nacional y abarcan a todo el personal dependiente de las empresas que componen el sector?. Los ajustes serían semestrales, y el parámetro utilizado a tales efectos era básicamente el IPC (Índice de Precios al Consumo).
Por su parte el 2 de mayo del corriente año, el gobierno presentó las ?pautas salariales? a los efectos de instrumentar la negociación que se iniciará este año a partir del mes de julio, las mismas son: los convenios abarcarán el período comprendido entre el 1° de julio de 2006 y el 31 de diciembre de 2007; se realizarán ajustes semestrales de los salarios el 1° de julio de 2006, el 1° de enero y el 1° de julio de 2007; cada ajuste semestral incluirá un porcentaje por concepto de crecimiento del salario real y otro por concepto de inflación esperada ( [4][4]).

4.- La negociación en los diferentes Grupos.

Si bien se trato de concentrar en 20 grupos la negociación, luego con el devenir de la misma, se fueron estableciendo dentro de cada Grupo diferentes subgrupos, y dentro de los mismos diversos capítulos. En casos especiales los Consejos permitieron la negociación por empresas ( [5][5]).

-III-
REALIDAD ECONÓMICA IMPERANTE EN EL INTERIOR

El Director Nacional de Trabajo del MTSS Julio Baraibar en un desayuno de trabajo organizado por ADM manifestó que ?pese a la pequeñez de la nación tenemos tres realidades diferentes que son la de Montevideo, la del sector urbano del interior y la del Uruguay rural?( [6][6]).
En consonancia con lo manifestado por el Director Baraibar, en el comienzo de este trabajo sostuvimos que a los efectos de enmarcar la negociación se deben tener en cuenta distintas variables propias del interior de nuestro país.
Si ánimo de agotar el tema y las distintas variables a tener en cuenta, consideramos que las mismas básicamente serían:
· · El contrabando;
· · Funcionamiento ilegal de la competencia;
· · Tamaño de las empresas;
· · Los niveles de escala;
§ § Aquí puede incorporarse un conjunto de asimetrías estructurales que entendemos del caso atender:
o o Las mipymes pagamos más tasas de interés en los créditos.
o o El costo de las tarjetas de crédito es más alto que para las grandes empresas.
o o Por la expansión de los grandes formatos comerciales y de servicios, la renta departamental tiende a concentrarse y a irse del departamento.
o o Los horarios de atención al público. Los grandes formatos atienden en un extenso horario, sin regulación como en países de Europa, afectando a las mipymes.
o o Las mipymes del interior son tomadoras de precio, con lo cual se diferencia enormemente de aquellas que son formadoras de precio.

· · Los costos unitarios de los productos;
· · Los costos fijos;
· · Tarifas públicas. (Las mipymes del Interior tienen costos más altos, en telefonía y energía eléctrica, por ejemplo. En este último caso hacemos referencia a un trabajo del sindicato de UTE del año 2000).
· · Fletes.

Las mismas provocan que el comerciante e industrial del interior deba luchar además de los problemas de funcionamiento propio y cotidiano de su empresa, con estas condicionantes de gran envergadura.
El contrabando ha tomado grandes dimensiones -no solo en el combustible- sino en otros sectores, que hacen imposible que nuestro comerciante ?instalado en forma legal y cumpliendo con todas sus obligaciones- pueda competir en el mercado.
Sumado al contrabando, se registra en todo el interior un gran porcentaje de comercios que funcionan en forma completamente irregular (lo que cotidianamente se suele llamar ?en negro?), completamente por fuera del sistema tributario (DGI y BPS), y por fuera de toda normativa, incluida la reglamentación de tipo laboral.
Es importante también destacar, que la mayoría de los comercios e industrias del Interior de nuestro país, son pequeñas empresas, que difícilmente puedan soportar que cada seis meses se provoquen importantes aumentos en los salarios.
Obviamente que estos aumentos, difíciles de absorber por una empresa del interior, van a traer aparejado, que las mismas no puedan soportar los aumentos y cierren sus puertas, trayendo como consecuencia entre otras gran cantidad de desempleo. Esta la otra alternativa: que trasladen al precio al producto, corriendo el riesgo de quedar por fuera del mercado o, en su defecto, que tenga un impacto en la inflación, elemento este que el Poder Ejecutivo ha dicho que es uno de sus objetivos tener la inflación lo más bajo posible.

-IV-
PROPUESTAS

A fin de realizar propuestas a los efectos de que se haga lugar la realidad distinta imperante en el interior urbano de nuestro país planteamos las siguientes propuestas:

A.- Tomando en cuenta un criterio estrictamente jurídico, podemos proponer a fin de contemplar la diferencia sustancial existente entre Montevideo y el Interior en materia de fijación de los salarios, la aplicación de la ley 10.449 de Consejos de Salarios.
Sería conveniente la aplicación del Artículo 17 de la Ley 10.449 que en su acápite establece:
?Los Consejos que se crean por esta ley fijarán salarios de la industria y el comercio, teniendo especialmente en cuenta, para aumentarlos, los siguientes elementos:?,
y en su numeral I) establece:
?Las condiciones económicas del lugar o del país?,

Este numeral del artículo 17 nos suministra un fuerte fundamento a nuestra propuesta, ya que se establece como criterio a los efectos de fijar los salarios de la industria y comercio las condiciones económicas del lugar o del país.
Teniendo en cuenta esta base normativa se pueden instrumentar Consejos de Salarios Regionales. Estas regiones pueden surgir teniendo en cuenta las características económicas imperantes en las mismas. Por ejemplo a los efectos de sistematizar los datos correspondientes al Producto Bruto Interno (PBI) la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) realiza un análisis agrupando los 19 departamentos en 5 regiones. El criterio tenido en cuenta a tales efectos es el volumen de PBI. Por otra parte existe una diferencia sustancial entre el PBI capitalino y el generado en el interior ( [7][7]).
En este sentido en nota titulada ?Gremio de empleados de transporte carretero de Salto representará al interior en Consejo de Salario? del ?Diario El Pueblo? de la ciudad de Salto, correspondiente al día martes 20 de junio de 2006, el presidente y secretario del gremio declararon que ?Hemos analizado la invitación y aceptamos, porque valoramos que es un avance importante para el interior. La gente de Montevideo, aunque tenga buenas intenciones, no conoce la realidad de los otros departamentos y por lo tanto no puede incidir positivamente?.
A su vez se puede generalizar las experiencias de algunos subgrupos en la primera ronda, los cuales crearon capítulos o diferencias salariales dentro del propio laudo, teniendo en cuenta diferentes criterios, que a modo de ejemplo se pueden citar los siguientes:

1. 1. 1. Criterio: Salario diferencial tendiendo en cuenta el tamaño de las empresas del subgrupo: ejemplo de ello es lo sucedido en:

§ § El Grupo 15 ?Servicios de salud y anexos? Sub-Grupo ?Servicios de Acompañantes?, en el cual se acordó que las empresas con menos 3.000 afiliados, tuviesen un salario mínimo por categoría menor que al estipulado en forma general en el subgrupo.

§ § El Grupo Nº 19 ?Servicios Profesionales, Técnicos, Especializados y otros servicios no incluidos en otros grupos? Sub-grupo Nº 4 ?Empresas de Pompas Fúnebres y Previsoras?,

2. 2. 2. Criterio: Lugar de radicación de la empresa. Este criterio de consiste en diferenciar el Interior de nuestro país con Montevideo. Este criterio fue aplicado en:

§ § El Grupo No. 18 ?Servicios Culturales, de Esparcimiento y Comunicaciones? subgrupo 02 ?Prensa escrita y sus ediciones periodísticas digitales? capítulo ?Prensa Interior y sus ediciones periodísticas digitales?;

§ § El Grupo No. 18 ?Servicios Culturales, de Esparcimiento y Comunicaciones ? subgrupo 04 ?TV abierta y por Abonados? capítulo TV por abonados del interior;

§ § El Grupo 18 ?Servicios culturales, de esparcimiento y comunicaciones? Sub-Grupo 4 ?Televisión abierta y TV por abonados y sus ediciones periodísticas digitales? capítulo ?Televisión abierta del Interior?;

§ § El Grupo Nº 19 ?Servicios Profesionales, Técnicos, Especializados y otros servicios no incluidos en otros grupos? Sub-grupo Nº 4 ?Empresas de Pompas Fúnebres y Previsoras?,

B.- Desde un punto de vista económico las pautas futuras de negociación deben reflejar las sustanciales diferencias económicas existentes entre la capital de nuestro país y el interior urbano.
A tales efectos se deberá tener en cuenta las variables referenciadas en el punto III de este trabajo, no perdiendo de vista la productividad o los resultados ( [8][8]).

-V-
CONCLUSIONES

Los costos fijos que deben afrontar las empresas, los costos unitarios de los productos, la competencia desleal producto del comercio en negro, el contrabando y las asimetrías estructuras mencionadas nos llevan a concluir que existen claramente realidades económicas y empresariales diferentes en la capital de nuestro país y el interior urbano.
No debemos perder de vista estas reflexiones realizadas por el Director Nacional de Trabajo ( [9][9]): ?el empresario es en realidad ?como las ruedas en que está apoyado este pequeño país?, y las empresas del interior salvo excepciones tienen realidades diferentes respeto de sus similares de la capital de nuestro país.








Fecha
24/Jul/2006