Ley 18.412 Seguro obligatorio de vehículos
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Descripción: Dicta normas sobre creación de seguros obligatorios que cubran daños que sufran terceras personas, como consecuencias de accidentes causados por vehículos automotores y acoplados remolcados. Prohíben la circulación de dichos vehículos que carezcan de la cobertura de seguro referido.